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¿Qué trámites son necesarios para casarse por lo civil?

Matrimonio Civil

En una boda civil los trámites son sencillos, pero deben realizarse con suficiente antelación, por ello queremos señalar qué tramites son los necesarios para poder casarte por lo civil. Si eres uno de los interesados, toma nota.

¿Sabía que las bodas por lo civil han superado a las celebraciones religiosas desde 2009, llegando a doblarlas en número en algunas comunidades autónomas?

Como todos sabemos, los matrimonios en España pueden ser civiles o religiosos y ambos demandan unos trámites cuya expedición requiere algún tiempo de antelación, variable en función de la cantidad de solicitudes que reciba la institución en cuestión. Lo cierto es que, en la boda civil es más sencillo llevarlos a cabo porque en el matrimonio canónico se añaden, además, las amonestaciones o la realización de cursillos prematrimoniales.

En el matrimonio por lo civil, la celebración de la boda es gratuita en los juzgados y solo tiene algún cargo si se desarrolla en los ayuntamientos que ofrecen el servicio de matrimonio, donde suele cobrarse entre 150 y 300 euros.

Debido a que el matrimonio civil es un acto donde se contraen compromisos legales, la ley española ordena que se celebren en una institución pública como es el ayuntamiento de la ciudad de los novios o en el juzgado correspondiente a su domicilio.

Casarse por lo civil, trámites.

Tanto si el enlace se celebra en un ayuntamiento como en un juzgado, lo primero que habrá que hacer es acudir al Registro Civil para abrir el proceso legal. Allí habrá que presentar:

  • Certificado literal de nacimiento actualizado de cada uno de los contrayentes. Se obtiene en el Registro Civil del lugar de nacimiento. Se tarda cerca de cinco días en recibirse.
  • Certificado de soltería de los futuros esposos. Es una declaración jurada del estado civil. El impreso lo expende el Registro Civil.
  • Certificado de empadronamiento. Lo otorga el ayuntamiento donde se haya residido los dos últimos años. En las grandes ciudades, también lo proporcionan las juntas municipales.
  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o tarjeta de residencia de ambos y el original.
  • Testigos, con su DNI o pasaporte.